jueves, 1 de noviembre de 2012

PACTO ROCA-RUNCIMAN I

PUBLICIDAD
[Imagen: revista Caras y caretas Nº 1795, febrero de 1933]
Los intentos iniciales del gobierno argentino para moderar el impacto de las medidas de preferencia imperial británicas fueron protagonizados por el embajador argentino en Londres, Manuel Malbrán, quien debió enfrentar la oposición del líder del Partido Socialista Independiente, y el Ministro de Agricultura Antonio de Tomaso, quien demandaba ser el hombre de confianza para llevar a cabo las negociaciones argentino-británicas. A diferencia de Malbrán, de Tomaso creía que no eran necesarias altas tarifas para protegerse de las medidas proteccionistas británicas. Confiaba en que el volumen alcanzado por las inversiones británicas en la Argentina y la calidad de la carne que se enviaba a Gran bretaña eran razones de por sí suficientes para no temer los efectos de la conferencia de Ottawa en las exportaciones argentinas. El propio Foreign Office reconoció que de Tomaso era excesivamente optimista. Finalmente, el Ministro de Agricultura no contó con el respaldo ni del gobierno británico ni del argentino. La misión argentina que fue enviada a Londres excluyó a de Tomaso e incluyó a Malbrán. (1)

Las gestiones de Malbrán en Londres fueron respaldadas por los productores argentinos a través del ya mencionado memorial al Presidente argentino de octubre de 1932, por el que aquellos hicieron conocer su deseo de que el gobierno tratara con especial preferencia a las importaciones británicas como un medio para evitar los posibles perjuicios de las disposiciones de la Conferencia de Ottawa sobre las exportaciones argentinas. (2)

La misión que partió para Londres a mediados de enero de 1933 estuvo compuesta por el vicepresidente Julio A. Roca (hijo), Manuel A. Malbrán, Miguel Angel Cárcano, Guillermo F. Leguizamón, Raúl Prebisch, Aníbal Fernández Beyró y Carlos Brebbia. (3) Por su parte, la delegación británica estuvo formada por Walter Runciman, Leslie Burgin, Frederick Leith Ross, Henry Fountain, H.F. Carlill, A.F. Overton, R. Fraser, R. Keith Jopson, J.R.C. Helmore, R. M. Nowell, R.L. Craigie, F.T.A. Ashton-Gwatkin, D.V. Kelly, H.L. Frechn y H. Brittain. (4)

La Cancillería argentina describió oficialmente esta misión como una visita de cortesía destinada a retribuir la buena voluntad demostrada por el príncipe de Gales en su visita a la Argentina en marzo de 1931. (5) Las instrucciones impartidas por la Cancillería argentina establecían que dicha misión debía lograr un acuerdo que se acercara lo más posible al statu quo respecto de la carne enfriada. Los otros rubros de exportación no fueron considerados de importancia por las autoridades argentinas debido a que no habían sido afectados por los acuerdos de Ottawa o porque podían encontrarse para ellos mercados de colocación alternativos al británico. Desde la perspectiva del gobierno argentino, la carne enfriada constituía el rubro esencial en la vinculación comercial con Gran Bretaña. (6) Como decía un informe de la misma Cancillería "Detener ese 'más allá' de Ottawa es, pues, la sola y única posibilidad, y también la verdadera misión de nuestra embajada especial en Londres". (7)

Caras y Caretas del 3 de agosto 1935. Cobertura del asesinato del senador Bordabehere en el Senado de la Nación. Las balas eran para Lisandro de la Torre. Clic para descargar el ejemplar completo en pdf.
Fodor y O'Connell creen que en realidad el gobierno argentino, que estaba bajo presión de los ganaderos -y muy especialmente de los invernadores dedicados al lucrativo comercio de carne enfriada-, quería obtener en primer lugar el control de la cuota de carne, para poder negociar desde una posición fuerte con los frigoríficos, y luego la seguridad de que no se reduciría aún más la cuota de carne enfriada destinada al Reino Unido. La estimación de que la delegación argentina estaba más interesada en el control de la cuota de carne que en su volumen se derivaría de lo expresado por uno de los miembros de la misión argentina, el economista Raúl Prebisch, quien señaló que era comprensible la necesidad del gobierno británico de introducir restricciones en las importaciones. El interés argentino por el control de la cuota de carne quedó evidenciado en la nota de un funcionario del Board of Trade -Carlill- sobre la segunda reunión del Subcomité de Carnes de las negociaciones en la cual la delegación argentina presentó sus desiderata. Entre éstos el más importante era el del control de la cuota. Asimismo en el mismo expediente, aparece la opinión de Mason, funcionario del Foreign Office, señalando que "el control de la cuota de carne es para los argentinos lo que para nosotros representa la satisfacción de nuestras necesidades en cuanto a asignación de divisas, esto es, una consideración con respecto a la cual están dispuestos a subordinar todos los otros puntos". (8)

Por el lado británico, la exigencia más importante del Board of Trade británico era la del desbloqueo de las libras pertenecientes a empresas inglesas en la Argentina y la disponibilidad del cambio a favor de dichas empresas, tal como se desprende del contenido de uno de los telegramas del jefe de la delegación Julio A. Roca (hijo) al Ministro de Relaciones Exteriores enviados desde Londres en marzo de 1933:

"El Gobierno Británico ha subordinado al arreglo del dinero bloqueado y a la disponibilidad del cambio, toda su política en el curso de las negociaciones. Se ha propuesto con ello no sólo asegurar las posibilidades de su comercio de exportación, sino también el pago de los réditos de los cuantiosos capitales invertidos en nuestro país. Las pretensiones en materia de tarifas parecerían haber quedado en todo momento relegadas a un segundo plano; esto se desprende claramente de las propias expresiones empleadas por el Ministro Runciman en la conversación privada que mantuvo conmigo (...) Me informó que la solución de la cuestión cambios era esencial para el Gobierno Británico y que de esa solución dependía el éxito ulterior de las aspiraciones argentinas. "Yo no podré asegurar, díjome, el triunfo de una política que garantice a la Argentina la introducción de sus productos dentro de las posibilidades creadas por los acuerdos de Ottawa; si ustedes no me dan una base sólida de sustentación, que la opinión británica encontrará tan sólo en la solución de los problemas del cambio. Con esta base yo me atrevo a comprometerme a salir triunfante de la fuerte oposición que encontraré en el Parlamento en contra de tales arreglos. Sin ella estoy vencido de antemano y no podría ni siquiera plantear la cuestión". (9)
Por otra parte, como ya se ha señalado, desde algunos años atrás se venía desarrollando en la Argentina una campaña de los ganaderos en contra del pool de frigoríficos, que controlaba monopólicamente la exportación de carne a Gran Bretaña desde el Río de la Plata. (10) La Sociedad Rural había denunciado a dicho pool en una publicación titulada El Pool de Frigoríficos: necesidad de la intervención del Estado, la cual concluía que: "Si el pool decidiese restringir sus exportaciones de chilled al mercado británico, conseguiría en éste más altas cotizaciones, en desmedro de los consumidores y congestionaría la oferta de novillos en nuestro mercado, a costa de los precios más bajos que recibirían nuestros productores". (11) Por su parte, el Ministro de Agricultura, Antonio de Tomaso, había advertido en una carta escrita al canciller Saavedra Lamas y en la fase temprana de las negociaciones sobre el convenio, que debía ser demandada prioritariamente la asignación de una cuota a la Argentina. (12)

Por su parte, los representantes del Board of Trade quisieron mantener el control de la cuota de carne por parte del pool, con el fin de mantener la regularidad de precios y oferta en el mercado inglés. El tema del manejo de cuota fue -según informara Roca- el primero que los representantes británicos pusieron sobre la mesa de negociaciones al tratarse el tema de las carnes, y las diferencias sobre esta cuestión se prolongaron casi hasta el momento de firmarse el convenio Roca-Runciman. Las autoridades del Board of Trade temieron que la participación del gobierno argentino en el manejo de la cuota de carnes importadas "trastornase el mercado inglés, sea por insuficiencia técnica de las (nuevas empresas frigoríficas) en la distribución y venta de carnes, sea que se entablen luchas entre ellas y las antiguas, que hagan caer los precios (...)". (13)
Ver o descargar Diario del Bicentenario
Año 1933
Las dificultades para conseguir los objetivos de la delegación argentina quedaron evidenciadas en un telegrama que Roca enviara desde Londres al canciller Saavedra Lamas en el mes de marzo de 1933, dando a entender la conveniencia de aceptar un arreglo aunque no fuese el inicialmente buscado:

"El fracaso de las negociaciones entabladas con el Gobierno Británico tendrán, a mi juicio, consecuencias altamente perjudiciales y entrañarían positivos peligros para la economía de nuestro país. No es posible pensar que si la Misión Argentina se retira de Londres sin haber concluido un arreglo satisfactorio pueda mantener sin empeorarse la situación existente con anterioridad a la llegada de la Misión. Los arreglos de Ottawa señalan un límite forzoso a nuestras aspiraciones de mejorar las condiciones de colocación de nuestros productos agropecuarios, pero no fijan el límite a la posibilidad de que se concreten condiciones mucho más perjudiciales para ellos. A ellos concurrirá en primer término la acción infatigable de los partidarios de la preferencia a otorgarse a los Dominios y la apelación incesante de los productores de carne británicos. A estas pretensiones han podido ser contenidos hasta este momento por los funcionarios del Board of Trade que han hecho valer la posibilidad de realizar arreglos satisfactorios para el capital y la industria británica con la República Argentina y con algunos otros países: Dinamarca y Noruega. El fracaso de las negociaciones daría libre curso a todas estas aspiraciones que no encontrarían ya barrera que le ha ofrecido hasta el momento la política desarrollada por el Board of Trade, que ya fue en su hora, adversario de los arreglos de Ottawa". (14)

Ahora bien, como ya se ha mencionado, estas negociaciones estaban estrechamente vinculadas con el intento británico de desbloquear activos de las empresas de ese país. En efecto, la exigencia británica de desbloquear las libras pertenecientes a empresas británicas instaladas en la Argentina, que tenían crecientes dificultades para remitir sus ganancias al Reino Unido, tenía directa relación con las medidas de política económica adoptadas por las autoridades argentinas. La aplicación del control de cambios en la Argentina afectó por lo menos a 373 compañías británicas, según estimaciones del Board of Trade. (15) De acuerdo con los cálculos del gobierno argentino aportados por una lista del Ministerio de Relaciones Exteriores, había por lo menos 49 compañías británicas con pesos bloqueados. (16)

De acuerdo con la misma fuente, las compañías británicas en la Argentina tuvieron bloqueado, como consecuencia del control de cambios, un monto total de 51.530.000 pesos en ferrocarriles, 4.090.000 en tierras y colonias, 35.550.000 en compañías de importación, 2.770.000 en aguas corrientes y 6.990.000 en compañías varias. (17)

Un caso testigo de la complicada situación que el régimen de control de cambios provocaba a las compañías británicas en la Argentina fue el del Ferrocarril Central Argentino. Esta compañía había acumulado más de un millón y medio de libras esterlinas en Buenos Aires y, sin embargo, se vio obligada a pedir un préstamo al Westminster Bank de Londres para poder pagar un dividendo de 320.000 libras. Ante esta situación, el gerente de dicha compañía ferroviaria sugirió que "para evitar una repetición de la situación actual (...) parecería ser solamente justo y razonable que Gran Bretaña, como proveedora de la mayor cuota de las divisas distribuidas por la Comisión de Control de Cambios, pidiera al gobierno argentino que se otorgara preferencia a firmas que remesen fondos a Inglaterra en igual magnitud a los fondos que son remitidos por Inglaterra a la Argentina". (18)

Por lo tanto, preocupadas por los efectos del régimen de control de cambios sobre las empresas británicas instaladas en el mercado argentino, las autoridades de Londres procuraron vincular este tema a cualquier posible concesión en términos de modificar las cuotas de importación de carne en favor de los ganaderos argentinos. En las conversaciones previas al Tratado Roca-Runciman de 1933 la diplomacia británica procuró condicionar el logro de la estabilización de las exportaciones de carnes buscada por las autoridades y ganaderos argentinos a que las compañías británicas radicadas en la Argentina pudiesen importar productos del Reino Unido (especialmente ferrocarriles). A su vez, para lograr este objetivo era necesario que el gobierno argentino hiciera concesiones en su política de control de cambios adoptada desde 1931. El vicepresidente Roca era partidario de otorgar a Gran Bretaña la solución al problema de los fondos bloqueados por las consecuencias desventajosas que la persistencia de dicho problema podía traer al comercio argentino. En marzo de 1933 informaba al canciller Saavedra Lamas lo siguiente:
"El gobierno británico ha subordinado al arreglo del dinero bloqueado y a la disponibilidad de cambio toda su política en el curso de negociaciones (...) Cabe pensar cual sería la situación que habría de sobrevenir si fracasaran los arreglos en trámite. A los 500.000.000 ya bloqueados, habrían de agregar no menos de 150.000.000 como consecuencia de la falta de disponibilidades del cambio del año en curso; y cabe también presumir cuáles serían las dificultades emergentes de tal estado de cosas llamadas a agravarse día a día, y cuáles serían los riesgos que correría como consecuencia de ello la estabilidad (de) nuestra propia moneda. Si estos arreglos no se realizaran no es imposible pensar en que Gran Bretaña (no a título de represalia sino en defensa de sus propios capitales y de su comercio interno) pudieran pensar en la adopción de medidas tendientes a regular el cambio, bloqueando a sus libras esterlinas provenientes de la venta de los productos argentinos con el fin de utilizarlas en pago de sus exportaciones y sus réditos. Tal hipótesis refleja las sugestiones salidas de labios de algún hombre influyente de la City (...)". (19)

La exigencia británica respecto de que el gobierno argentino hiciera concesiones en el terreno de la política de control de cambios generó una importante diferencia de opiniones entre el Ministro de Hacienda Alberto Hueyo y el vicepresidente Roca. Hueyo se oponía a la exigencia de los negociadores británicos de que las autoridades argentinas hicieran concesiones en materia de política cambiaria, pues pensaba que, una vez descongeladas las libras esterlinas pertenecientes a las compañías ferroviarias inglesas en la Argentina, el gobierno argentino se vería obligado a contraer empréstitos del exterior para poder mantener un nivel de divisas adecuado. También rechazaba la idea de otorgar concesiones adicionales sobre los derechos de aduana a Gran Bretaña sin recibir a cambio medidas recíprocas del lado británico. En la opinión de Hueyo, no se podían otorgar franquicias extra a los británicos cuando ya aproximadamente 54% de los productos ingleses entraban libres de derechos en el mercado argentino hacia 1932. El ministro pensaba que estas concesiones adicionales de aduana eran innecesarias, si se iban a otorgar ventajas en la política de control de cambios. Además sostuvo que dichas concesiones originarían un serio desequilibrio en el presupuesto. En síntesis, el ministro Hueyo deseaba que el gobierno argentino mantuviese un estricto control sobre el comercio exterior como una ayuda indispensable para concretar las reformas financieras internas, equilibrar el presupuesto y ganar la cooperación de los inversores británicos "rehenes" en el mercado argentino. (20)

El vicepresidente Roca, a diferencia del ministro Hueyo, tuvo por principal objetivo garantizar niveles mínimos de exportación a Gran Bretaña, aun a costa de resignar la protección cambiaria. Según su óptica, era necesario vincular todavía más estrechamente entre sí a las economías argentina y británica, de modo que las empresas británicas en la Argentina fueran dependientes de la prosperidad general del país anfitrión para poder sobrevivir. (21)

Así, toda la actuación de Roca parece haber estado guiada por la idea de que debía evitarse un mal mayor. En su informe acerca de las negociaciones, aquél sostuvo: "Hemos tenido constantemente como punto de mira la necesidad de vincular más estrechamente los intereses económicos británicos con los nuestros, a fin de estimular el desarrollo de elementos de resistencia contra las tendencias proteccionistas y preferencias que se desenvuelven progresivamente en desmedro de nuestros productos". (22) Finalmente, la firma del tratado provocó el alejamiento de Alberto Hueyo de su cargo de Ministro de Hacienda el 30 de junio de 1933. (23)

No obstante, a pesar de los numerosos obstáculos existentes en las negociaciones mantenidas entre la misión encabezada por el vicepresidente Julio A. Roca (hijo) y los representantes del Board of Trade liderados por Walter Runciman, finalmente se llegó a un acuerdo el 1º de mayo de 1933. Este convenio comprendía una convención y un protocolo. (24)
La Década Infame "Desde que José Luis Torres propuso el término, el lapso comprendido entre las revoluciones del 6 de septiembre de 1930 y el 4 de junio de 1943 es conocido como Década Infame. Nominación exacta, representada políticamente por el fraude, el soborno y la coerción, económicamente por una una entrega ilimitada al imperialismo británico y los intereses agroimportadores, y socialmente por la represión, la desocupación y la inseguridad, todo ello espolvoreado por una permanente corrupción que abarcó a todos los estamentos sociales argentinos."
[Miguel Angel Scenna, FORJA: La lucha en la década infame]
El texto de la convención establece en su artículo 1º el compromiso del gobierno del Reino Unido de no imponer ninguna restricción a las importaciones de carne enfriada argentina que implicara una cantidad inferior a la importada en el trimestre del año terminado el 30 de junio de 1932, "a menos y tan sólo cuando a juicio del gobierno del Reino Unido, después de haber consultado al Gobierno Argentino e intercambiado con éste toda información pertinente, ello fuera necesario para asegurar un nivel remunerativo de precios en el mercado del Reino Unido" (párrafo 1). Si por "circunstancias imprevistas" el gobierno británico se veía obligado a reducir sus importaciones de carne enfriada de la Argentina en un monto mayor del 10% por debajo de la cantidad importada en el año terminado el 30 de junio de 1932, debía también reducir las importaciones de carne enfriada y congelada procedentes de todos los países exportadores de carne que formaban parte de la Comunidad Británica de Naciones "en un porcentaje igual al porcentaje de reducción de la carne vacuna enfriada argentina por debajo del 90% de la cantidad importada en el trimestre correspondiente del año terminado el 30 de junio de 1932" (párrafo 2).

Por el artículo 2º de la convención de mayo de 1933, párrafo 1, el gobierno argentino debía destinar la suma total de cambio en libras esterlinas proveniente de la venta de productos argentinos en el Reino Unido para satisfacer la demanda para remesas corrientes de la Argentina al Reino Unido, permitiéndosele deducir una suma razonable anual para el pago del servicio de la deuda pública externa argentina (nacional, provincial y municipal). Los párrafos 2 a 6 de este artículo 2º se referían al orden y la forma en que el cambio en libras esterlinas disponible sería otorgado.

El párrafo 2 sostenía que previa la reserva para el pago del servicio de deudas públicas externas, el cambio en libras esterlinas disponible por las autoridades argentinas "será distribuido entre las diversas categorías de solicitantes de remesas al Reino Unido (y) será resuelto mediante acuerdo entre el gobierno argentino y el gobierno del Reino Unido". Por el párrafo 3, el gobierno argentino debía apartar un equivalente en libras esterlinas de doce millones de pesos papel, "con el fin de realizar pagos en efectivo hasta un importe a fijarse entre el gobierno del Reino Unido y el gobierno argentino, con respecto a cada uno de los casos de saldos en pesos que, hasta el 1º de mayo de 1933, estuvieran esperando cambio en libras esterlinas para ser remitidos al Reino Unido". Y por el párrafo 4 se establecía que el gobierno argentino ofrecería emitir bonos en libras esterlinas en cambio de los saldos en pesos que hubiesen quedado al 1º de mayo de 1933 a la espera de cambio en libras esterlinas para ser remitidos al Reino Unido, después de haberse agotado los doce millones de pesos papel a que se refiere el parágrafo precedente. Estos bonos serían emitidos a la par, a un plazo de veinte años, comenzando su amortización a los cinco años de su emisión y devengarán un interés del 4% anual. El tipo de conversión y demás condiciones de los bonos serán convenidos entre el gobierno argentino y una comisión de representantes de los tenedores de los saldos en cuestión.

El artículo 3º comprometía a las partes a la firma de un convenio suplementario, "con disposiciones relativas a los derechos y otros gravámenes similares, así como a las regulaciones cuantitativas a ser aplicadas a las mercaderías del Reino Unido en la República Argentina y las similares a ser aplicadas a las mercaderías argentinas en el Reino Unido".

Por el artículo 4º se establecía que ninguna disposición de la convención afectaría los derechos y obligaciones del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación firmado en Buenos Aires el 2 de febrero de 1825. El artículo 5º establecía que cualquier divergencia relacionada con la interpretación o aplicación de la Convención sería sometida, a pedido de una de las partes, a la Corte Permanente de Justicia Internacional, "a menos que en cualquier caso particular las partes contratantes convengan en someter la divergencia a otro tribunal o resolverla por otro procedimiento". Finalmente, el artículo 6º establecía la obligatoriedad de ratificar la convención y el plazo de vigencia de la misma que era de tres años.

Por su parte, el Protocolo que acompañó la Convención de mayo de 1933, establecía en su párrafo 1 el compromiso del gobierno argentino de dispensar a las empresas que contaran con colaboración de capital británico un "tratamiento benévolo que tienda a asegurar el mayor desarrollo económico del país y la debida y legítima protección de los intereses ligados a tales empresas". El párrafo 2 del Protocolo expresaba por su parte la disposición del gobierno británico a cooperar con el argentino en "una conjunta investigación de la estructura económica y financiera y del funcionamiento del comercio de carnes, con especial referencia a los medios a adoptarse para asegurar un razonable beneficio a los ganaderos".

El párrafo 3 establecía que, en el caso de que el gobierno o los ganaderos argentinos tuvieran la propiedad y administración de empresas que no persiguieran fines de lucro sino una mejor regulación del comercio y la búsqueda de un beneficio razonable para el ganadero, el gobierno del Reino Unido estaba dispuesto a permitir la importación de carne proveniente de dichas empresas hasta el 15% de la cantidad total importada de la Argentina al Reino Unido.

En el párrafo 6, las autoridades argentinas declaraban su intención de: a) mantener libres de derechos el carbón y todas las mercaderías que en ese momento se importaban en la Argentina libres de derechos; b) retornar en general a las tasas y aforos sobre las mercaderías británicas vigentes en 1930 "hasta donde lo permitan las necesidades fiscales y el interés de las industrias nacionales", y modificar la clasificación según proposiciones del Reino Unido; c) entablar conversaciones con el gobierno del Reino Unido para mantener la situación de ese momento del carbón del Reino Unido en el mercado argentino. Vinculado con el párrafo 6, el gobierno argentino se comprometía en el párrafo 7 a no imponer, mientras estuviera pendiente la conclusión del acuerdo suplementario, "ningún nuevo derecho, ni aumentar los existentes ya sea por aumentos de tasas, o por aumento de aforos, o por aumentos en la sobretasa temporaria del 10%, o por aplicación de una sobretasa a mercaderías a las cuales no se aplica actualmente, o por cualquier otro medio".

Por su parte, el párrafo 8 contenía la declaración de propósitos del lado británico: a) no imponer nuevos derechos o gravámenes o aumentos en los derechos a la carne, jamones, trigo, maíz, lino y extracto de quebracho importados de la Argentina en el Reino Unido; b) no establecer limitaciones cuantitativas sobre las importaciones en el Reino Unido de trigo, maíz, lino, afrecho y afrechillo, rebacillo, lana en bruto, premier jus, sebo sin refinar, cerda, tripas y extracto de quebracho; y c) asegurar un tratamiento equitativo a todas las mercaderías importadas de la Argentina en el Reino Unido no mencionadas expresamente.

En el párrafo 9 el gobierno del Reino Unido también se comprometía, mientras estuviera pendiente la conclusión del acuerdo suplementario, a no imponer ninguno de los derechos, aumentos o limitación cuantitativa mencionados en el párrafo anterior. Por último, el párrafo 10 estipulaba que el gobierno argentino designaría una comisión, a cuyas deliberaciones serían invitados representantes del gobierno británico, a fin de examinar las proposiciones realizadas por el Reino Unido mencionadas en el párrafo 6 y preparar el acuerdo suplementario que quedaba pendiente.

FUENTE EL ORTIBA.ORG
Prof GB

No hay comentarios: